
Manifestó que quienes tengan más dinero y recursos, tendrán
mayor posibilidad de salir gananciosos frente a otros adversarios que no
cuenten con las mismas condiciones.
“Igualmente, tendríamos, sin lugar a dudas, un proceso
caracterizado por la utilización de recursos también provenientes de la
contribución privada, favoreciendo inequitativamente también a quienes tengan menos
recursos porque entonces no tendremos un control con los gastos en la campaña”,
acotó al ser entrevistado por el periodista Federico Méndez, en el programa
Esferas de Poder, que se transmite los domingos de 5:00 a 6:00 de la tarde, por
Santo Domingo TV,
Olivares sostuvo que al final el electorado terminará
votando por quien haya logrado confundirlo a través de los medios de
comunicación o por quien le dé el dinero o le compre el voto.
Indicó que producto de la manipulación por diferentes vías,
el elector no habrá de ejercer un voto realmente libre, informado y calificado.
Las leyes de Partidos y Electoral
El magistrado de la
JCE afirmó que la
Ley de Partidos Políticos no es para incidir en la
organización de las elecciones de mayo del 2016, sino para regir la vida
interna de los partidos políticos.
“Ha habido una gran confusión en ese sentido, he escuchado
decir que sin la Ley
de Partidos las elecciones serían un desastre, que la Ley de Partidos va a salvar
las elecciones, es la panacea para todo, todos los problemas electorales se
resuelven con una Ley de Partidos”, subrayó.
Advertencia al nieto de Trujillo
En otro orden, Olivares advirtió al nieto del dictador
Rafael Leónidas Trujillo Molina, que debe cumplir con los principios
establecidos en la
Constitución para el reconocimiento de un partido político.
Puntualizó que no puede pretender Ramfis Domínguez-Trujillo
ser continuador del Partido Dominicano que fundó su abuelo ni los principios
que en los hechos fundamentaron los gobiernos de ese político.
“El o cualquier otro ciudadano tiene derecho a solicitar,
conjuntamente con un grupo de ciudadanos, conforme a lo que establece la ley,
el reconocimiento de un partido político, siempre y cuando cumpla lo que
establece el artículo 216 de la
Constitución ”, acotó.
Observó que esa disposición establece que la organización de
partidos políticos en la República Dominicana es libre, lo que significa
que cualquiera tiene derecho a solicitarla.
Comentó que el plazo para depositar solicitudes de
reconocimiento de partidos políticos y organizaciones municipales debe hacerse
ocho meses antes de las elecciones ordinarias.