El jurista Luis Miguel Pereyra consideró que la decisión de la Suprema Corte de Justicia que favorece a la diputada Lucía Medina Sánchez, en el caso de difamación en su contra, ratifica un precedente que establece que el honor y la buena fama son límites al derecho a la libertad de expresión y difusión del pensamiento.
Pereyra se refirió a la sentencia de esa alta corte que ordena al comunicador Salvador Holguín, al pago de cinco millones de pesos en favor de la congresista Medina Sánchez, en concepto de reparación por difamación, con lo que rechazó la impugnación de la sentencia en corte de apelación.
Advirtió el profesional del derecho, que quien utilice medios de comunicación y redes sociales, debe mantener el debate en el marco de la decencia, sin alusiones personales y respetan el derecho de cada quien a la estima pública.
Observó, además, que la decisión de la SCJ, en el presente caso, lo que hizo fue ratificar precedentes de la jurisprudencia dominicana, que establecen que el honor, la consideración, la buena fama son límites al derecho a la libertad de impresión y difusión del pensamiento.
“Usted no puede atentar contra la buena fama y la estima pública el honor y la consideración de las personas, que fue lo que paso en el caso de la diputada Lucia Medina “, refirió el jurista.
Resalta asimismo, que la decisión de la Suprema Corte, reitera una vez también lo que fueron criterios, tanto del tribunal de primer grado como de la corte de apelación en el sentido de que un político puede ser perfectamente escrutado por la prensa en lo que tiene que ver con sus actividades oficiales, sin embargo, eso no indica que usted no puede incursionar en la vida privada de un funcionario, muchos menos con hechos que no puede probar y que son lejanos a la verdad”.
UN APUNTE
Quejas
El periodista Holguín se queja en una nota en Listín Diario que los medios no publican sus alegatos. Sin embargo, El Nacional deja claro que no ha recibido una sola nota del señor Holguín respecto al conflicto con la diputada Medina.