![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg_wrWXslBqaEZ_H2GBpAHFjRLc-5dtxjdi6lGjfMm3AHDuR9dAU9KKMXz9dDVa88oxs1brBdp5t_vsziQfK6VQTuVthWIyKRn_5jmak3vGEUMQtSK5akNDZzSPKFBAzPZNXOFl9c2PO6s/s320/PRM.jpg)
La demanda en nulidad fue
interpuesta por Fidel Alberto Tavárez. La decisión contó con el voto disidente
del juez presidente Román Jáquez Liranzo y del magistrado Ramón Arístides
Madera.
El TSE otorgó un plazo hasta el
20 de este mes, para que si el PRM decidiera reservarse candidaturas a nivel
senatorial, convoque al organismo competente, y otro plazo hasta el día 30 para
que deposite ante la Junta Central Electoral (JCE) la lista de esas precandidaturas
que serán disputadas en las primarias del 6 de octubre.
Para cumplir con el mandato de la
Ley 33-18, el PRM depositó en la JCE las reservas del 20% de las candidaturas,
compuesta por 29 senadurías, 112 diputaciones, 51 alcaldías, 44 directores
municipales, 373 regidores y 214 vocales en todo el territorio nacional