
La
resolución NO. 031201 8 establece los plazos legales y administrativos para
organizar primarias simultaneas, conforme a la Ley 33-18, de partidos,
movimientos y agrupaciones políticas, promulgada el 13 de agosto de 2018 y
publicada en la g. 0.10917 el 15 de agosto de 2018.
“PRIMERO:
Concede un plazo de setenta y cinco (75) días a todos los partidos,
agrupaciones y movimientos políticos reconocidos a los fines de que estos,
durante el periodo que se ha establecido, comuniquen formalmente a la Junta
Central Electoral, su decisión de que ejercerán el derecho a adoptar la
modalidad de Primarias, y además, el tipo de padrón a utilizar, ya sea Padrón
Cerrado, es decir únicamente el que está conformado por sus miembros o el
Padrón Abierto de la Junta Central Electoral”, indica la resolución firmada por
el presidente de la JCE, Julio César Castaños Guzmán y los demás integrantes
del pleno, así como por Ramón Hilario Piñeyra, secretario general.
Agrega
que si vencido ese plazo, “la institución política no comunica a la Junta
Central Electoral su decisión sobre la modalidad a emplear, se interpretará que
se acoge a otra de las contenidas en la Ley 33-18, y que no son Primarias, a
saber: convenciones o asambleas de delegados, de militantes, de dirigentes y
encuestas”.