Santo Domingo.- El Partido de la Liberación Dominicana
(PLD) contempla la expulsión definitiva de los dirigentes de esa organización
que utilicen los recursos del Estado dominicano para su propio beneficio o para
beneficiar a terceros.
Así queda establecido en su reglamento de Disciplina y
Ética, que se encuentra en discusión en estos momentos entre los miembros de su
Comité Central, quienes tienen hasta el próximo 24 de febrero para hacerle
reparos a esta y a otras siete normas internas.
De aprobarse la nueva norma en la reunión del 11 de marzo de
los miembros del Comité Central, el Comité Político pasaría a tener facultades
excepcionales en materia disciplinaria, que le permitirían expulsar de manera
deshonrosa a cualquier miembro del partido que atente contra la unidad del PLD,
o que haya cometido faltas disciplinarias graves que violen los principios de
la organización.
“Imponer discrecionalmente, y sin necesidad de requerimiento
previo, las medidas cautelares previstas por este Reglamento a cualquier
miembro de la organización que sea señalado como presunto responsable de haber
cometido una falta muy grave que atente contra la moral o la unidad del
Partido”, señala el proyecto de reglamento interno en discusión. También
quedaría en manos del Comité Político conceder la amnistía a cualquier miembro
de la organización que resulte procesado “por la alegada comisión de una falta
disciplinaria leve”.
La disposición interna considera como faltas graves el
afiliarse a otra organización partidaria, o al asumir candidaturas a puestos
electivos por otro partido u organización política distinta al PLD. “Ser
condenado por los tribunales de la
República , de manera definitiva e irrevocable, por la
comisión, en calidad de autor o cómplice, de infracciones penales asociadas a
cualquier forma de corrupción administrativa, entre las tipificadas por la
legislación penal dominicana. En estos casos, resulta irrelevante la cuantía de
la pena”, dice el proyecto de reglamento, a conocer por el Comité Central.
Las sanciones ante faltas graves incluyen la separación
temporal de sus funciones partidarias por un plazo no mayor de 4 años; la
suspensión temporal de sus derechos como miembro de la organización por un
plazo no mayor de cinco 5 años; la separación temporal de las filas de la
organización por un período no mayor de 3 años; la expulsión de las filas del
Partido y la expulsión deshonrosa y de por vida de las filas de la organización.