Santo Domingo.-La Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de
Justicia, ratificó hoy las condenas de entre cinco y 30 años de prisión en
contra de los sentenciados por la matanza de siete colombianos ocurrida el 4 de
agosto del 2008, en Ojo de Agua, Baní.
El tribunal tomó la decisión tras rechazar un recurso de
casación presentado por los imputados en contra de la decisión de Segunda Sala
Penal de la Corte
de Apelación del Distrito Nacional, que confirmó la sentencia emitida en
primera instancia.
Los jueces además levantaron acta del desistimiento del
recurso de casación parcial presentada por la entidad comercial Cabrera Motors,
representada por su gerente Gustavo Adolfo Cabrera, quien formó parte del
proceso, como interviniente voluntario, con la cual buscaba la devolución de
varios vehículos que le fueron incautados y decomisados a los sentenciados.
Alegan que los medios o motivos invocados por los
recurrentes en su escrito del recurso de casación, e refieren a supuestos
vicios que no están verificados en la decisión recurrida, ya que la Corte de Apelación ha dado
una sentencia con una correcta motivación, basada en una valoración de las
pruebas conforme a derecho.
Señala además que los jueces de la Segunda Sala Penal de
la Corte , ha
apreciado con idoneidad las declaraciones de los testigos, razón por lo que
entiende que procede desestimar los recursos de casación de los imputados
recurrentes.
Sostienen que no procede la casación de una sentencia
cuando la Corte
de Apelación que la emitió ha motivado de manera correcta y adecuada la
decisión de fondo, sin incurrir en violaciones a la Constitución de la República , a los
Tratados Internacionales de lo que el país es signatario.