Santo Domingo.- El Senado aprobó hoy, con modificaciones, el
proyecto de ley orgánica de la
Policía , que consigna un tope de 20 generales en sus filas, y
establece que no se prestará servicio policial a personas físicas o morales ni
a establecimientos comerciales, si no se determina que están en grave peligro.
El pleno acogió el informe favorable que rindió la comisión
de Interior y Policía del Senado, que leyó su presidente en funciones, Tommy
Galán.
La iniciativa la presentaron al Congreso Nacional los
senadores Julio César Valentín, Adriano Sánchez Roa, Carlos Castillo, Arístides
Victoria Yeb y Manuel Antonio Paula.
Entre las modificaciones introducidas a la Ley Orgánica de la Policía , figura un párrafo
del artículo 83 el cual establece el tiempo mínimo de antigüedad requerido para
optar por el ascenso al rango inmediato, que nunca será menor de cuatro años, y
agrega que la violación a esa disposición implica la nulidad del ascenso.
Este artículo también establece como tiempo máximo de
permanencia en un grado seis años para el nivel básico y siete para el medio.
Especifica que cuando se trate del personal de la carrera
policial perteneciente al nivel superior, el tiempo máximo de permanencia en el
grado será de ocho años.
El artículo 99 del Proyecto de ley orgánica de la Policía establece que “en
ningún caso se asignarán agentes policiales para protección a personas físicas,
dominicanas o extranjeras, o de seguridad para compañías privadas, sociedades o
asociaciones sin fines de lucro”.
En tanto, el artículo 100 reglamenta que en los casos de los
agentes de seguridad asignados a oficiales en retiro, no podrá ser mayor de
tres policías, mientras que el artículo 101 establece que no podrán ser
utilizados los agentes policiales de seguridad para actividades distintas a las
estrictamente necesarias o relaciones con la función asignada o destinada.
En el artículo 141 de legislación se instituye la rendición
de cuentas, y dispone que “al cierre de cada ejercicio presupuestario, el director
de la Policía
Nacional está en la obligación de rendir cuentas de su labor
en el período previo.
La estructura administrativa de la Policía estará conformada
por el Consejo Superior Policial, Dirección General de la Policía Nacional ,
Dirección Central de Prevención, Dirección Central de Investigación,
Inspectoría General y la
Dirección de Asuntos Internos
El Consejo Superior Policial lo integrarán el ministro de
Interior y Policía, quien lo presidirá; el Procurador General de la República ; el Inspector
General; los directores Generales de la Policía , Central de Prevención, Central de
Investigaciones y de Asuntos Legales, quien ejercerá como secretario de voz
pero sin voto.