Santo Domingo.-
El organismo indicó que el reglamento establece que las
personas privadas de libertad deberán estar en condiciones de internos
preventivos, “es decir, que sobre las mismas no haya recaído sentencia que haya
adquirido carácter de la cosa irrevocablemente juzgada”.
Asimismo, precisó que el ciudadano o ciudadana que se
encuentre dentro de esta condición, deberá disponer de la nueva cédula de
identidad y electoral, “sin la cual no podrá ejercer el derecho al voto”.
En cuanto a la elección de los diputados nacionales, la JCE ratificó que las listas de
los candidatos serán cerradas y bloqueadas y los electores, al votar en el
recuadro de un partido político en la boleta del nivel congresual, estarán
escogiendo dichos representantes según el orden en que fueron presentados en la
lista.
Para la elección de los diputados nacionales por acumulación
de votos, los partidos podrán postular candidatos de manera independiente, aun
cuando hayan pactado alianza en el nivel congresual para la elección de los
representantes del Distrito Nacional y las provincias.
Sin embargo, acotó la
JCE , no se podrán establecer pactos de alianzas para la
elección del diputado nacional con partidos diferentes de aquellos con los
cuales se han establecido pactos para la elección de los diputados.
“Podrán optar por la representación nacional los partidos
que hayan concurrido al proceso electoral en el nivel congresual, dando
preferencia a los que, aun obteniendo más del 1 % de los votos, no pudieron
alcanzar escaños”, decidió el pleno del organismo electoral.
En ese orden, el escrutinio y adjudicación de los cargos se
realizará determinando la cantidad total de votos congresuales que ha obtenido
cada agrupación política o alianza de partidos, agregó la JCE.
En lo relativo a la resolución sobre la aplicación del
“Método D’Hondt” para la asignación de escaños en los niveles congresual y municipal
para las próximas elecciones, la Junta Central Electoral dispuso que la asignación
de los cargos para los candidatos a senadores, alcaldes, vicealcaldes de
municipios, directores y subdirectores de distritos municipales, se realizará
por mayoría simple.
Asimismo, para la elección de los candidatos a diputados,
regidores y vocales de los Distritos Municipales se aplicará la representación
proporcional en la determinación de la cantidad de los cargos que correspondan
a cada partido, adjudicando aisladamente dichos cargos al partido o alianza de
partidos cuyo factor de elección para esa posición sea el más elevado.
En otro orden, la
JCE rechazó la solicitud de revisión que hizo el Partido
Socialista Cristiano, en torno a la decisión del pleno de la Junta Central
Electoral, de no otorgarle el reconocimiento a esa organización, por no haber
aportado elementos nuevos que hicieran variar la medida del organismo electoral
establecida en la
Resolución 08/2015 del día ocho de septiembre en curso.
Las solicitudes de revisión que en el mismo sentido han
hecho otras organizaciones políticas serán conocidas en el próximo pleno de la Junta Central
Electoral.
El pleno de la
JCE , en esta oportunidad, no contó con la participación del
presidente del organismo, Roberto Rosario Márquez, quien fue sustituido por el
presidente suplente de la Junta ,
Juan Moreno, y los otros cuatro jueces titulares, Rosario Graciano de los
Santos, José Ángel Aquino, César Féliz Féliz y Eddy de Jesús Olivares, así como
el secretario general, Ramón Hilario Espiñeira