jueves, 29 de octubre de 2015

CONACERD rechaza declaraciones de Osmar Benítez sobre estructura mafiosa en permisos de importación

Santo Domingo.- El  presidente del Consejo Nacional de Comerciantes, Antonio Cruz Rojas, y Empresarios de la República Dominicana, (CONACERD) rechazó las declaraciones del Osmar Benítez, asesor agrícola del Poder Ejecutivo y vicepresidente ejecutivo de la Junta Agroempresarial Dominicana (JAD), quien  dijo que federaciones de comerciantes fantasmas formaban parte de una estructura mafiosa relacionada con los permisos de importación de los productos agrícolas  de la rectificación técnica.

Cruz Rojas dijo que el ingeniero Benítez haría un gran aporte al país si revelara los detalles de sus denuncias, puesto que con ellas afecta el esfuerzo y la reputación de muchos hombres y mujeres de trabajo que más que percibir beneficios pecuniarios, hacen grandes aportes a los consumidores dominicanos, al distribuir y vender en los principales mercados minoristas y mayoristas del país, donde se ubican los principales productos de la canasta familiar a precios más bajos que en muchos grandes centros comerciales.

Dijo además que la Bolsa Agroempresarial de la República Dominicana, dependencia de la JAD, que ha estado ejecutando las subastas de los contingentes agropecuarios de la rectificación técnica desde septiembre 2012 en el marco del decreto 569-12, debe transparentar los procedimientos establecidos en el mismo.

El presidente de CONACERD insistió que no existe transparencia en el uso de los fondos que van a la Tesorería Nacional, los cuales deberían ser destinados para programa de asistencia a los productores de arroz, de habichuelas, de cebollas, de leche, de ajo, y demás productos de la Rectificación Técnica.


Afirmó, además, que tampoco existe transparencia en la publicación de los contingentes que se subastan conforme al calendario estacional de cada uno; no se publican en prensa escrita ni digital como son las páginas web de las instituciones correspondientes, las cantidades a subastar, ni las fechas en que se realizarán las subastas, tal y como se establece en el artículo 7 del referido decreto, como anteriormente se hacía.