Dichos hechos según lo establecido por el Ministerio Público
contraviene lo planteado en los artículos 60 y 355 del código penal dominicano
sobre seducción, complicidad y abuso sexual de menores, y lo establecido en la
ley 24-97 en el artículos 396 literal C.
El Ministerio Público que dirige Richard Guilamo, a través
de la magistrada Andrea Familia de la unidad de atención a la violencia
de genero, solicito en audiencia medida de coerción contra la nombrada María
Jiménez Rogels, ya que ésta recibió la suma de 500 mil pesos por desistir de la
acción penal en contra del nombrado Felito Paredes, a quien también se le
impuso medida de coerción por seducción de menores de edad.
Como elementos de prueba el Ministerio Publico presentó la
copia del cheque emitido a favor de la señora, así como sus declaraciones en
audiencias anteriores, donde sometió al nombrado Felito Paredes en donde
manifestaba de manera clara que tenia conocimiento de la relación que sostenían
los mismos y del daño que le causaba a su hija dicha relación.
Luego de manera misteriosa la nombrada Maria
Jiménez Rogels, se presentó a una audiencia mostrando un desistimiento de la
acción penal en favor del nombrado Felito Paredes, Lo que despertó la sospecha
del Ministerio Público quien luego de iniciar la investigación determino que la
misma había utilizado a la menor de edad, como medio para chantajear y
obtener beneficios pecuniarios en este caso la suma de 500 mil
pesos, que fueron entregados a la señora en un cheque de manos de los abogados
del señor Felito Paredes.
Consultado por este medio el procurador de esta provincia
Fiscal Richard Guilamo Cedano manifestó que, el Ministerio Publico no
tolerara ese tipo de acción, y que por ordenes suyas, acogiendo una resolución
emanada del procurador general de La república Francisco Domínguez Brito, se
ordenara el sometimiento inmediato de los padres o tutores que en casos
de Litis en donde salgan perjudicados los interés de niños, niñas y
adolescentes, desistan de la acción penal para favorecer los responsables de la
infracción señalada a cambio de beneficios económicos. A la nombrada le
fueron impuestas las medidas consistentes en presentación periódica y el
impedimento de salida del país