jueves, 15 de mayo de 2014

¡Increíble! Trasladan coronel PN por hacer cumplir horario restricción de expendio de bebidas alcohólicas

Puerto Plata.-  De forma inexplicable, la Jefatura de la Policía Nacional dispuso ayer el traslado del teniente coronel Eusebio Sánchez Pinales quien en su condición de comandante de la jurisdicción de Gaspar Hernández, arrestó a dos regidores de ese municipio quienes violaron la ley de prevención y lucha contra el consumo excesivo de bebidas alcohólicas.

Se conoció que el oficial Sánchez Pinales, debió someter al arresto al presidente del Consejo de Regidores de la Alcaldía Municipal de Gaspar Hernández; regidor Luis Canela   ya que este edil en compañía de otras personas se había resistido a no seguir consumiendo bebidas alcohólicas más allá de las 12 de la medianoche del pasado domingo, en franca violación a las disposiciones legales establecidas.

Testigos oculares reseñaron que el presidente de la Sala Capitular de Gaspar Hernández; Luis Canela, se encontraba ya pasada las 12:00 de la noche en un colmadón propiedad del regidor de Veragua; Pedro Tavarez, donde el coronel Sánchez Pinales ordenó  recoger las sillas y mesas en el citado lugar de diversión o mandó a cerrar el local debido a que ya había excedido el horario reglamentado.


Al parecer, esa medida asertiva del teniente coronel policial, causó tremendo revuelo entre los ediles del municipio de Gaspar Hernández hasta el extremo de que la Sala Capitular encabezada por el Alcalde Mateo Arias  y todos los regidores decidieron declarar como persona no grata a este alto oficial que su único pecado fue hacer cumplir la ley.

Asimismo el conflicto entre el teniente coronel Eusebio Sánchez Pinales oficial policial y las autoridades municipales de Gaspar Hernández se debió a que metió preso al regidor Canela, el cual estaba en un centro de diversión fuera del horario establecido y el edil se negó al cierre de dicho establecimiento.

La razón enarbolada por el alcalde Mateo Arias, fue que presuntamente el citado oficial “había  violado los derechos de los ciudadanos sin impórtale quienes sean y subrayó que de ahora en adelante Gaspar Hernández no va a soportar que vengan personas a ese pueblo a provocar conflictos en vez de resolverlos”.

En el capítulo IV sobre las prohibiciones de la ley de prevención y lucha contra el consumo excesivo de bebidas alcohólicas, establece en el artículo 11 que queda prohibido la venta de bebidas alcohólicas en horario comprendido entre 1:00 a.m. a 8:00 a.m. de domingo a jueves; y los viernes y sábados, de 3:00 a.m. a 8:00 a.m.


Asimismo, en artículo 16 estipula que la violación a la disposición contenida en el artículo 11 de la presente ley, en adición a las sanciones penales, da lugar a la clausura temporal o definitiva del establecimiento.