Santo Domingo.- El Tribunal
Superior Electoral (TSE), declaró inadmisible, por falta de objeto, la
acción de amparo de extrema urgencia interpuesta en contra de la Junta
Central Electoral (JCE), por presuntamente violar los derechos
fundamentales de elegir y ser elegido cuando dispuso la suspensión de las
elecciones municipales del domingo 16 de febrero.
El TSE consideró que las
pretensiones de los accionantes han sido satisfechas con la proclama que dictó
la Junta Central Electoral (JCE) que convoca a elecciones extraordinarias para
el 15 de marzo, señalando que será con método de votación manual o tradicional.
El Tribunal acogió la petición de inadmisibilidad planteada por la defensa
legal de la Junta en audiencia.
El fallo fue leído por el
presidente del TSE, Román Jáquez Liranzo, quien señaló que la decisión fue
aprobada unanimidad por los cinco jueces.
La acción fue sometida por los
abogados Angel Lockward, Carlos Escalante, Felidonio Rodríguez, Dohrys Abrajim
Ruís, Eilin Bautista y Pamela Santana.
También solicitaron al TSE que
disponga que la votación sea en boletas impresas, aunque la
impresión provenga del mismo aparato de votación y el conteo manual, a fin de
garantizar la eficacia al sufragio vulnerado.
El abogado Angel Lockward
señaló que la figura de la suspensión de las elecciones no existe en la
legislación constitucional dominicana ni en la electoral, lo cual fue rechazado
por la defensa legal de la Junta.