Santo Domingo.- Los
ladrones que durante un hecho delictivo maten a una persona, con cualquier arma
ilegal, ahora son condenados a 40 años de prisión según lo dispone la ley de
Armas. Si causan heridas permanentes a sus víctimas se enfrentan hasta 30 años
de cárcel.
La ley también
castiga con 40 años a quienes lleven a cabo un secuestro con arma ilegal. No
importa la denominación.
El pasado mes de
abril, el Primer y Segundo Tribunal Colegiado de Santo Domingo Este, por
separado, condenaron a la pena máxima a dos personas que mataron a sus víctimas
durante robos.
El Segundo Colegiado
impuso la sanción contra Jesús Francisco Ramírez Guzmán, alias Lili y/o Omali,
por causarle la muerte con un arma blanca al cabo (R) de la Fuerza Aérea de la
República Dominicana (FARD), Polanco González, alias El Rubio, para robarle el
arma de fuego mientras la víctima realizaba labores de motoconcho. De igual
modo, fue condenado Mantovani Pericles Muñoz, de 29 años, por haberle
ocasionado la muerte de un disparo a Jhony Franklin Cuello Santil para quitarle
un teléfono celular.
“Cualquier persona
física que le quite la vida a otra para cometer robo con violencia, poseyendo
un arma de fuego ilegal, será castigada con una pena de treinta (30) a cuarenta
(40) años de privación de libertad”, dice el párrafo II de la ley promulgada en
el año 2016.
En los párrafos
siguientes se establece que “cualquier persona física que para cometer robo use
un arma de fuego ilegal y con esta provoque heridas que causen lesión
permanente, será sancionada con una pena de veinte (20) a treinta (30) años de
privación de libertad. En caso de que las heridas no causen lesión permanente
se impondrá la pena de quince (15) a veinte (20) años de privación de
libertad”.
Por prestar arma
Pero las sanciones no
solo son aplicables a los delincuentes y a la criminalidad organizada, de igual
manera a los funcionarios públicos que faciliten sus armas o les asignen alguna
a personas civiles.
La normativa
establece que los funcionarios públicos que presten un arma para la comisión de
un delito serán castigados con pena de 10 a 20 años, en tanto que el
funcionario que asigne un arma de fuego a un civil, sin importar la formalidad
utilizada para la asignación, será sancionado con una pena de tres a cinco años
de cárcel y la cancelación de las funciones.
Enfrentará una pena
de 10 años la persona que falsifique, altere, elimine o modifique el sistema de
los mecanismos técnicos, marca de fabricación, número de serie, modelo, tipo de
cañón y calibre o alteraciones en las huellas balísticas registradas.