Santo Domingo.- El Instituto Dominicano de las
Telecomunicaciones (Indotel) emitió una resolución que ordena a las prestadoras
de servicios públicos de telecomunicaciones transferir cualquier balance pagado
por el usuario que haya quedado pendiente de consumir, por hasta tres meses.
La resolución 062-17, mediante la cual dictó el reglamento
sobre los derechos y obligaciones de los usuarios y las prestadoras de
servicios públicos de telecomunicaciones, estuvo precedida por un proceso de
consultas públicas que inició en mayo pasado, a los fines de reforzar y
garantizar el régimen de protección de los consumidores de telefonía, internet
y televisión por suscripción en el país.
Mediante un comunicado de prensa, Indotel asegura que con
este reglamento se reconocen derechos básicos de los usuarios y prestadoras, al
tiempo que establece las obligaciones básicas. Asimismo se refuerza y garantiza
el régimen de protección de los consumidores, en adición a los previstos en las
leyes vigentes y las normativas aplicables.
La resolución motiva que los saldos se transfieran por
hasta tres meses debido a que dicho plazo “busca un balance entre el hecho de
que el saldo no consumido ha sido ya pagado por el cliente, pero a su vez
existen elementos técnicos y comerciales que afectan la capacidad de la
prestadora de poder prestar el servicio en cualquier momento del tiempo, sin
forma de prever la cantidad demandada, y bajo las condiciones de calidad
exigidas, así como la posibilidad de cubrir los costos de mantener una línea
activa aun cuando no realice consumos o genere nuevos ingresos”.
Por otro lado, la norma precisa que “un plazo mayor a 3
meses contravendría otras regulaciones en las que requieren la utilización del
servicio en los últimos 90 días, pues de lo contrario las líneas se
considerarán inactivas; lo cual permite un control y administración responsable
de los recursos numéricos y así como atender a otras preocupaciones de
seguridad ciudadana”.