Santo Domingo.- Este sábado a las 6 de la mañana terminó la
campaña electoral de
Tampoco se puede hacer ninguna incitación o propaganda
electoral por la prensa, radio, televisión, avisos, carteles, telones y otros
medios similares, porque ello lo prohibe el artículo 108 de la Ley Electoral
275-97.
Este articulo dice textualmente:
PROHIBICION DE ESPECTACULOS Y MANIFESTACIONES. Durante
el día de la elección no podrán celebrarse espectáculos públicos, ya sea en
local abierto o cerrado; ni desde veinticuatro horas antes podrán llevarse a
efecto manifestaciones o reuniones públicas de carácter político.
Tampoco podrá hacerse en el mismo intervalo de veinticuatro
horas antes de la elección ninguna clase de incitación ni propaganda electoral
por la prensa, radio, televisión, avisos, carteles, telones y otros medios
similares.
De la misma forma, queda prohibido la propaganda en los
colegios electorales el día de las elecciones.
JCE exhorta
En la vspera la
JCE dijo que confía en que los dirigentes de los partidos
políticos y los responsables de los medios de comunicación acatarán el mandato
de la ley que ordena el cese de la propaganda y las actividades políticas
públicas a partir de las 6.00 AM del sábado 14 de mayo”..
Igualmente, señaló, que “los partidos están comprometidos a
colaborar en la creación del ambiente adecuado para el ejercicio del sufragio
en los colegios electorales, y entre otras actitudes constructivas deben
ordenar a sus delegados y seguidores abstenerse de hacer propaganda en esos
recintos ni en su entorno”.